Última actualización: 19/06/2024
El cambio de titularidad del vehículo por defunción del propietario lo puedes tramitar por diferentes vías:
¿Cómo cambio de nombre un vehículo si el propietario ha fallecido? ¿Qué papeleo y trámites debo hacer para la transferencia de un coche por muerte? ¿Qué puedo hacer si no tengo testamento?
Designado heredero o no
Para realizar el cambio de titular de un vehículo cuando fallece el dueño, los requisitos para transferirlo a otra persona dependen de si tiene o no designado un heredero.
Si no hay heredero primero hay que hacer una transmisión provisional, mientras no se liquida la herencia y se adjudica definitivamente el vehículo.
En cambio, si en el testamento está indicado un heredero, se hace una transferencia definitiva.
Transmisión provisional de un vehículo
Tras el fallecimiento del titular de un vehículo puede darse la circunstancia de que aún no se encuentre determinada la persona que va a ser la adjudicataria definitiva del mismo.
Por eso, tienes que comunicarlo a la DGT (lo anotan en el Registro de Vehículos), para que Tráfico te de una autorización temporal de circulación a tu nombre.
El plazo que tienes para hacerlo es de 90 días después de la muerte del titular.
No vas a tener que pagar ningún impuesto.
Documentación para el provisional
La documentación necesaria para tener la transmisión provisional del vehículo es la siguiente:
- El impreso solicitud cambio de titularidad.
En el campo «Otros» del Impreso de Solicitud hay que indicar: «Anotación de custodia provisional de vehículo por fallecimiento del titular.» - Declaración Responsable.
- Tasa 1.5 de 55,70€, excepto ciclomotores tasa 1.2 de 27,85€.
- Documento de identidad.
- Certificado de defunción del titular o libro de familia donde conste el fallecimiento.
- Documento que acredite la posesión del vehículo.
- Permiso o licencia de circulación.
- Tarjeta ITV o Ficha Técnica del vehículo; asimismo el solicitante debe abonar la tasa correspondiente.
Tráfico anotará en el Registro de Vehículos y en el permiso o licencia de circulación la expresión siguiente:
En poder, hasta su adjudicación hereditaria de….(nombre y apellidos del poseedor).
La DGT expedirá una Autorización Provisional para poder circular con el vehículo a tu nombre.
El Permiso de Circulación se expedirá al realizar el Cambio de Titular definitivo.
El nuevo poseedor provisional será considerado como sujeto de cuantas obligaciones correspondan al titular del vehículo.
INSTRUCCIÓN DGT: Tratamiento de la custodia provisional del vehículo en caso de fallecimiento del titular.
Transmisión definitiva del vehículo
El propietario definitivo del vehículo debe solicitar la transmisión definitiva del vehículo en el plazo de los 90 días siguientes a la fecha indicada en el documento que le acredite como dicho adjudicatario.
Documentación para la transmisión definitiva
Para tener la titularidad definitiva necesitas la misma documentación que para una transferencia ordinaria pero con 2 exigencias más (las 3 primeras).
- Presentar la liquidación o exención del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Declaración de herederos, o testamento, acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.
- Declaración Responsable solicitud Cambio Titularidad Fallecimiento Titular.
- Impreso de cambio de titularidad para la inscripción del vehículo a nombre del heredero.
- Pagar la Tasa 1.5 de 55,70€, excepto ciclomotores tasa 1.2 de 27,85€.
- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones (Copia del modelo 620).
Consulta con tu Comunidad Autónoma las condiciones de liquidación de este impuesto. - Documento de Identidad.
Es posible que te interese conocer cómo cambiar la titularidad de un vehículo por donación.
La normativa
El artículo 609 del Código Civil admite la sucesión testada e intestada como uno de los modos de adquirir la propiedad de un bien.
Una sucesión testada es aquella en la que el fallecido ha dejado constancia de su voluntad mediante un testamento.
La sucesión intestada es aquella en la que el fallecido no ha dejado testamento.
A continuación el procedimiento administrativo que el Reglamento de Vehículos establece en su artículo 32.6 para la transmisión de un vehículo por fallecimiento de su titular registral:
En el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante.
En definitiva. Se trataría de un cambio de titular de vehículos general, pero con algunos requisitos adicionales.
Dudas más frecuentes
He heredado un vehículo ¿Puedo venderlo?
Antes de poder venderlo a una tercera persona, debes poner el vehículo a tu nombre, después podrás hacer un cambio de titular ordinario con contrato de compraventa.
¿Quién puede solicitar el cambio de titularidad del vehículo?
Los herederos directos del fallecido, como el cónyuge, hijos, padres, o cualquier persona designada en el testamento pueden solicitar el cambio de titularidad.
¿Puedo conducir el coche de un fallecido?
Tienes 90 días contados a partir del fallecimiento del titular para notificar a tráfico la transmisión del vehículo, ya sea provisional o definitiva. La multa por no cumplir esta norma es de 200 €.
¿Qué sucede si hay varios herederos del vehículo?
Si hay varios herederos, deberán llegar a un acuerdo sobre quién será el único titular.
Hace años que conduzco el vehículo de mi padre fallecido. ¿Puedo hacer el cambio de titular ahora? ¿Me van a multar por hacerlo tarde?
Tienes que hacer la transferencia lo antes posible aunque estés fuera de plazos. No hay sanción administrativa por no hacerlo en plazo. Si hay sanción si te paran en carretera y los agentes comprueban el permiso de circulación.
Y pueden ponerselo a su nombre sin más con un trámite de cambio de titularidad o tienen que pagar el impuesto de sucesiones ponérselo a su nombre y luego ponerlo yo a mi nombre.
Gracias por la respuesta anterior
Hola, Ana:
Deberá abonarse el Impuesto sucesiones y donaciones previamente antes de ponerlo a nombre de los herederos.
Puede que ya esté abonado cuando, en su día, aceptasen la herencia de todas las pertenencias del fallecido (incluido el vehículo).
Consúltelo con los herederos, si es así no deberán pagarlo de nuevo, y a la hora de solicitar el cambio de titular deberán presentar el justificante del abono.
Buenas tardes y un saludo.
Buenas noches,
Muchas gracias por la ayuda, una última consulta, el documento de renuncia quien lo ha de redactar, un notario, abogado? O simplemente un papel redactado por ellas mismas?
muchas gracias de antemano.
Hola Juan Antonio:
Consulte este enlace:
Declaración de Herederos para adjudicación de vehículos
No es necesario que se redacte a través de abogado ni notario.
Un saludo y buenas tardes.
Hola, quiero comprar un ciclomotor que el titular es una persona fallecida. ¿Qué trámites tendría que hacer? Gracias.
Buenas noches Ana:
Los herederos deberán solicitar el cambio de titular para poder ponerlo primero a nombre de uno de ellos.
Y después podrán transferirle el ciclomotor a usted como un cambio de titular simple.
Un saludo.
Hola de nuevo,
Se me olvidaba preguntar, ¿se pueden iniciar los trámites de cambio de nombre sin el documento de renuncia?
Gracias.
Buenas noches Juan Antonio:
No.
La Jefatura necesita verificar que los demás herederos estén de acuerdo en la concesión de su parte del vehículo a nombre de quien se decida, en el momento en que se inicie el trámite.
Un saludo.
Buenas tardes,
A ver si me pudieran ayudar, en el 2012, falleció mi suegro que tenia un coche el cual a quedado parado en el garaje hasta día de hoy, las herederas son mi mujer y su hermana, a la vez que mi suegra tiene el usufructo, pues bien mi cuñada a día de hoy quiere hacerse con el vehículo. ¿Qué trámites debería hacer? Ya que a mi mujer no le interesa el coche, pero tampoco querría tener ninguna responsabilidad sobre él en caso de un hipotético robo o accidente. Amistades me han comentado que haciendo un documento de renuncia sería suficiente, para que pudiese empezar los trámites. ¿Quien debe redactar dicho documento? Quien lo firma)
Buenas noches Juan Antonio:
Su cuñada podría poner el vehículo a su nombre siempre que el resto de herederas estén de acuerdo.
Para esto se redacta el documento de renuncia.
Su cuñada será quien solicite el cambio de titular de vehículo ante la Jefatura de Tráfico, siempre con cita previa, en el área de tramitación de vehículos.
Se aportará:
*DNI original de su cuñada.
*Solicitud en Impreso oficial para el cambio de titularidad ( este deberá ir firmado por su cuñada como parte «compradora»y su mujer y su suegra como parte «vendedora» .
*Documento de renuncia, firmado por las tres.
*Fotocopias de los DNI de su mujer y su suegra.
*Documentación del vehículo ( Ficha Técnica y Permiso de Circulación) ORIGINALES.
*Certificado de defunción del titular.
*Testamento o ultimas voluntades junto con el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones de las pertenencias del fallecido.
(En el caso de no haber abonado este Impuesto o no estar resuelta la herencia, se deberá abonar con hacienda el Impuesto de Sucesiones referente únicamente al vehículo).
En principio esto es todo, si la Jefatura requiriese algún tipo de documentación más se lo solicitará a su cuñada.
Reciba un saludo.
BUENAS.
Mi abuelo a fallecido y tiene dos coches que van a ser mios. de momento los cotxes estan al corriente osea, itv, seguro, ibi… pero me gustaria venderlos.
Primero tengo que hacer el cambio de nombre que vi que ponia 90 dias pero a mi ya me han pasado. Si quiero dejar de pagar el seguro que ahora uno caduca, lo puedo vender igual no??
El tener o no tener el Seguro del vehículo no impide su venta.
Mi marido ha fallecido, yo soy la heredera universal, quiero poner el coche a mi nombre, ¿que necesito hacer para llevarlo a cabo, que costó tiene?
Atentamente
Olga
Buenas noches, tengo un tractor desde hace 20 años, al cual no le realice la transferencia. Su titular y vendedor falleció. El titular no dejo testamento y los herederos no quieren hacer la correspondiente declaración de herederos, así que no se como puedo transferir el vehículo a mi nombre. Me encuentro en Andalucía
Buenas noches Pedro:
Lo más fácil sería que los herederos le firmasen una Declaración de Herederos renunciando a la titularidad del vehículo en beneficio de usted.
Si no se pudiese llegar a un acuerdo con los herederos, deberá acudir a un notario para que le expida un Acta de Notoriedad de propiedad del vehículo, para esto deberá presentar dos testigos que corroboren que tiene usted el vehículo desde hace 20 años.
Estos cambios de titular son bastante complicados, por lo que le sugerimos que antes de hacer nada solicite una cita previa informativa en la Jefatura de Tráfico de su provincia, de esta forma, se evitará tener que acudir en varias ocasiones porque le falte documentación y podrán indicarle que documentación exacta que se va a requerir.
Un saludo.
Hola, mi padre fallecio hace 10 años y desde entonces conduzco su coche. Hace poco descubrí que mi madre no hizo el cambio de nombre, todo y que cada año paga impuestos y el seguro…
Como hacemos el cambio de nombre? Habrá alguna sanción? Que pasa si continuo sin cambiar el titular?
Buenas tardes,
Tengo una pequeña duda, a ver si me la podéis resolver.
Tengo un vehículo que necesito vender pero resulta que dicho vehículo está a nombre de 2 titulares mi padre que falleció hace 8 años como primer titular y yo misma como segunda titular.
El vehículo siempre lo he utilizado yo y todo lo he pagado yo tanto los impuestos como el seguro y el vehículo.
Mi pregunta es:
¿Qué debo hacer?
¿Realmente he de ir a buscar ultimas voluntades y cualquier otro tipo de papeleo relacionado con el fallecimiento de mi padre?
¿Qué he de hacer?
Gracias.
Buenas noches MARY:
Por un lado indicarle que si es usted cotitular del vehículo y el primer titular está fallecido hay que solicitar un cambio de titular para dejarle a usted la titularidad completa del vehículo.
No nos indica si hay herederos de la parte del vehículo de su padre, si es así va a necesitar una Declaración de Herederos en los que ellos renuncien a la parte que les toque a su favor.
Si fuese usted la única heredera de los bienes de su padre el trámite se simplifica bastante.
Certificado de defunción va a tener que presentar obligatoriamente.
Y si en su momento se abonó el Impuesto de Sucesiones y donaciones de la herencia con hacienda no tendrá que hacerlo ahora, en caso contrario deberá abonarse este impuesto y presentar el justificante de pago para poder cambiar el titular.
Esperamos haberla orientado en su consulta.
Reciba un saludo.
Buenas tardes! El caso que hace 4 años falleció mi padre, tenía un coche en gananciales con mi madre, no se cambió la titularidad, el coche está en un garaje y se paga todos los años lo que corresponde, seguro e impuesto de circulación. Hablando con una amistad, me comenta que hay que cambiarlo de titularidad. Es necesario que la persona que pase a ser titular tenga carnet, mi madre no tiene carnet. O tendría que ser alguien que tenga. Habría alguna penalizacion por no haberlo realizado antes?
Muchas gracias, reciba un cordial saludo.
Buenas noches ARA:
Efectivamente, hay que realizar un cambio de titular.
No es necesario que el nuevo titular tenga Permiso de conducción.
Y no hay penalización por no haber hecho el trámite en su día, salvo que el vehículo esté circulando y un agente de tráfico le pare y compruebe que aún está a nombre de un fallecido.
Un placer ayudarla!
Hola! Mi padre falleció en enero y tenia un coche a su nombre en el pueblo que apenas utilizabamos y ahora lo quiero utilizar, pero dicho coche, estando a nombre de mi padre, no aparece en el testamento. ¿Como puedo cambiar el nombre del titular? Tambien me interesa para poder tener el permiso del SER de MADRID.
Un saludo
Buenas noches Guille;
Se deberá solicitar cita previa en la Jefatura de Tráfico de su provincia en el Área de Tramitación Vehículos y presentar la siguiente documentación:
*Impreso de solicitud cambio de titular de vehículos.
*Certificado de Defunción.
*Documentación del Vehículo en caso de poseerla (Permiso de Circulación y Ficha Técnica).
*Recibo del Impuesto de Circulación pagado en Ayuntamiento (el último pagado).
*D.N.I original del nuevo titular.
*Declaración de Herederos.
*Fotocopia D.N.I de los restantes Herederos.
*Liquidación del Impuesto de sucesiones y donaciones abonado en Hacienda.
*Tasa 1.5 de 54 Euros.
En cuanto al tema del SER de MADRID, le sugerimos que se ponga en contacto con el Ayuntamiento de Madrid para ampliar información una vez realizado el cambio de titular.
Reciba un saludo.
Tengo un vehículo el cual quiero vender y está a nombre de mi padre fallecido y mio. Somos dos herederos y uno de ellos no quiere aceptar la herencia ni liquidar el impuesto de sucesiones aunque si me ha echo un documento en el cual me cede su parte del vehículo. ¿Qué podría hacer?
Buenas noches Pedro:
En este caso habrá que hacer dos trámites de cambio de titular.
Uno para poder pasarle la titularidad a usted y otro para que a su vez pueda venderlo a un tercero.
La documentación a aportar la tiene en el artículo de esta misma página en la parte de arriba.
A esto tendrá que añadirle el Documento de Renuncia firmado por el otro heredero y el justificante del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Un saludo.
Hola Ana:
Por el tema de la Comunidad Autónoma no es problema. Lo pueden transferir en cualquier Jefatura de Tráfico de España.
En cuanto al cambio de titular, no nos indica si se arreglaron ya los trámites del testamento, si es así se abonaría con hacienda un Impuesto de Sucesiones de todas las propiedades del fallecido, por lo que el vehículo estaría incluido y no tendrían que abonar en el momento del cambio de titular nada con Hacienda.
Si hay más de un heredero (padre, hermanos) se deberá hacer un documento de renuncia a su favor para que la titularidad pase a ser suya,
Por lo demás tendrá que aportar en la Jefatura de Trafico la siguiente documentación:
*Solicitud en Impreso para el Cambio de Titular.
*Certificado de Defunción.
*Testamento o ultimas voluntades.
*Justificante del Pago de Impuesto de Sucesiones o Donaciones ( abonado con Hacienda)
*Documento de Renuncia por parte de los demás herederos junto con fotocopias de sus DNI.
*Permiso de Circulación y Ficha Técnica del Vehículo ORIGINALES.
*DNI original de la persona a la que se vaya a pasar la titularidad del vehículo.
*Justificante del Pago del Impuesto de Circulación pagado en el Ayuntamiento del año en curso.
*Pago de la Tasa 1.5 de 54 Euros
Esperamos haberle podido ayudar.
Reciba un saludo.
Hola buenas, mi madre falleció hace 3 años y tenía un coche a su nombre, nadie lo utilizaba y lo dejamos en un garaje. Ahora yo lo quiero utilizar y lo quiero cambiar de nombre. El caso es que el coche está dado de alta en Andalucía y yo vivo en Barcelona, como lo puedo hacer y que necesito? Gracias
Hola mi padre falleció en marzo del 2016 y tengo su moto con toda la documentación como puedo pasarla a mi nombre que tramites debo hacer y a donde soy de la localidad de LANUS OESTE
Hola, Marcelo:
¿Lanus Oeste es Argentina?
Si es así deberá pedir información en Tráfico de Argentina.
Desconocemos la normativa de este país.
Reciba un saludo.
Hola necesito saber mi cuñado a muerto hace 2 semanas no tiene ultimas voluntades ni ningún documento donde diga que hacer con el vehículo su hermana es mi mujer queremos el coche es lo que nos queda de el – ¿qué tramites hemos de realizar?
Buenas tardes Javi:
El Reglamento General de Vehículos establece que:
En el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante.
Dicha Jefatura, previa presentación del permiso o licencia de circulación y demás documentos que se determinan en el anexo XIV, practicará en el citado permiso o licencia, así como en el Registro de Vehículos la anotación de: «En poder hasta su adjudicación hereditaria de…», indicando la identificación y domicilio del depositario y la fecha del fallecimiento del titular, considerándose a la persona anotada como sujeto de cuantas obligaciones corresponda al titular del vehículo.
El que resulte adjudicatario definitivo del vehículo quedará obligado a solicitar, en el plazo de noventa días, contados desde la fecha indicada en el documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.
Tiene toda la documentación a aportar (tanto para laTransmision provisional como la Definitiva) en la parte superior de esta misma página.
Cuando la adjudicación de todos los bienes de la persona fallecida sea definitiva, el heredero legítimo (esposa, hijos, padres.). será nombrado titular del Vehículo, este a su vez podrá donar o vender el vehículo mediante un cambio de titularidad común a su mujer.
Reciba un cordial saludo.
Falleció el dueño del coche que yo siempre he conducido, no es familiar mio. La heredera siguió dejando que yo lo utilizase sin problema, pero el coche sigue a nombre del fallecido, que falleció en enero. Ahora bien … hace unos meses no me pasó la ITV y deje de conducirlo porque repararlo no valía la pena. La pregunta es: para que la heredera pueda venderlo a algún compra-venta de esos de coches usados o incluso darlo de entrada para comprar otro, necesita que esté a su nombre, podrá hacer el cambio de nombre si el coche ya no tiene la ITV en vigor? Toda la demás documentación la tiene, pero el coche ni tiene ITV , ni tiene seguro …. Gracias
hola, el vehículo se puede transferir sin ITV sin problemas y también lo puede transferir del fallecito a la compraventa, así que si más lo prefiere que se ponga an contacto con nosotros y le explicaremos las pasos para que no tenga que gastarse tanto dinero.
como puedo contactar con vosotros para que me lo expliqueis??
Yo lo que quiero saber es si al rechazar la herencia se puede transferir el coche a mi nombre o es un caso perdido. Muchas gracias.
no es un caso perdido, si se puede transferir.
Hola buenas. Mi padre falleció hace 5 años sólo tenía un coche y como andaba con negocios y no sabíamos lo que podía pasar rechazamos la herencia y su coche quedó guardado en el garage. Ahora yo me pregunto si hay alguna forma de poder transferir el coche y ponerlo a funcionar, sin que luego me pase nada raro claro.
hola Ivan, es cuestión primero que nada de sacar un informe de tráfico a ver en que situación legal está y luego si quieres ponte en contacto con nosotros y te explicaremos todas las alternativas que tienes y costes.
Buenas tardes, hace 3 años falleció mi marido y su coche ha estado esperando que mi hijo (heredero) tuviese el carnet de conducir. Voy a poner el coche a su nombre ya. Los trámites debe hacerlos él o puedo yo hacerlo por él.
Muchas gracias de antemano.
hola María, usted mismo puede hacer los trámites sin ningún problema siempre que disponga de una outorización.
Hola, me quieren vender un coche clásico de 1991. Su propietario a fallecido hace 3 meses, me dejan la documentación y permiso de circulación, así como fotocopia del Dni del difunto y la firma con la hoja en blanco ya que estaba pensando en vender.
La pregunta es, ¿puedo hacer ese cambio de titular con el dni del fallecido? o tiene que hacerlo primero algun familiar suyo ya sea hijo o lo que tenga, porque a mi me ha dejado los papeles una tercera persona.
¿Podria hacerlo yo con un certificado de defunción?
Gracias.
Hola buenos días, hacienda seguramente ya notificó la baja en su sistema informático, por este motivo lo normal es que tengas que hacer el trámite a traves de los familiares, pero te comento que nosotros a veces utilizamos otra vía legal y hacemos el trámite directo, la cuestión es que si quieres que lo probemos ponte en contacto con nosotros y te explicamos cual será el proceso y el coste, siempre será mucho más rápido que pasar por las herencias.
Buenas tardes, os puedo preguntar, mi madre fellecio hace 5 años y después de este tiempo no hemos cambiado el coche que tenía a su nombre, ahora me gustaria solucionar este problema, qué debo hacer, mi madre mo tenía testamento y tengo una hermana pero el coche lo he estado manteniendo yo y esta de acuerdo en que se ponga a mi nombre, ¿me pondrán algún problema? Gracias.
Hola buenas tardes, tienes dos opciones legales, pero entiendo que es un poco complejo, necesitarás el consentimiento de tu hermana y de tu madre, junto con las copias de sus dni y el certificado de defunción, ¿dispones de esos documentos?, si quieres ponte en contacto con nosotros y te daremos más opciones. Saludos
Mi tio fallecio hace 8 años y quiero cambiar de nombre la moto para poder venderla.
Ciclomotor. Lo puedo hacer directamente o tengo que ponerla primero a nombre de mi Padre que esta vivo y es el que tiene potestad?
Buenas noches David.
En primer lugar, lo normal es que hagas la transferencia a nombre de tu padre que es quien tiene potestad legal para poder hacerlo.
Si quieres hacer una transmisión directa tambien la puedes hacer por mediación de acta notarial, pero tienes que tener mucho cuidado de como realizar el trámite.
Nosotros estamos especializados en este tipo de trámite, si quieres contacta con nosotros y sin compromiso alguno te gestionamos la consulta y te realizaremos un presupuesto.
Saludos.
Urgente !! Necesito transferir un camión que el titular está fallecido, la mujer también y tiene 2 hijos.
No tienen herencia y no quieren hacerla. solo tienen este camión no tienen más bienes.
Necesito transferirmelo, es posible?
Hola Nuria, te comento que lo primero que tienes que hacer es sacar un informe del camión para ver su situación actual del vehículo, depués debes encontrar una gestoría que quiera hacerte este trámite con una escritura a elavación a publica, pero cuidado no es sencillo y deves tener en cuenta las implicaciones legales, si quieres más información o que nosotros mismos te llevemos el trámite ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.